La cooperación se puede llevar a cabo de forma multilateral o sectorial, en la que participan todas las Entidades locales de forma conjunta. La cooperación bilateral, en la que participa una única Entidad local, es otra forma de llevar a cabo esta cooperación. La.blog de colaboración y cooperación se articula mediante la previsión de unos principios generales y el fomento de instrumentos voluntarios de cooperación.
Respetar el ejercicio legítimo por las otras Administraciones de sus competencias y las consecuencias que del mismo se deriven para las propias.
Ponderar, en la actuación de las competencias propias, la totalidad de los intereses públicos implicados y, en concreto, aquellos cuya gestión este encomendada a las otras Administraciones.
Facilitar a las otras Administraciones la información sobre la propia gestión que sea relevante para el adecuado desarrollo por éstas de sus cometidos.
Prestar, en el ámbito propio, la cooperación y asistencia activas que las otras Administraciones pudieran precisar para el eficaz cumplimiento de sus tareas.