La baja laboral por ansiedad puede ser una baja por contingencias comunes o por contingencias profesionales que reconoce que los trabajadores no pueden acudir a su puesto de trabajo por sufrir una enfermedad mental incapacitante. Según el Manual de Tiempos Óptimos de Incapacidad Temporal, elaborado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), la baja por ansiedad dura una media de 30 días en España, aunque se puede cobrar la baja durante un máximo de 12 meses, prorrogables hasta 6 meses más si el médico de cabecera o el de la mutua consideren que existen causas que justifiquen la ampliación de la baja. Una vez pasado este periodo de tiempo, cabe la posibilidad de que se determine que no existe posibilidad de recuperación, por lo que el trabajador sería citado ante un Tribunal Médico para el reconocimiento de la incapacidad permanente. En el caso de que la ansiedad no esté relacionada con el desarrollo del trabajo, la baja será por contingencias comunes. En este caso, el pago de la prestación varía según la duración de la baja. Durante los tres primeros días de la baja, el trabajador no recibe compensación económica. Del cuarto al decimoquinto día, percibe el 60% de su salario, pago que corre a cargo de la empresa. Con la baja por contingencias profesionales, en caso de que el médico considere que la ansiedad la ha provocado el trabajo, la compensación la realiza inicialmente la empresa con el salario habitual. A partir del primer día después de iniciada la baja, la responsabilidad del pago recae sobre la Seguridad Social. En este caso, a partir del segundo día y hasta que acabe la baja, se percibirá el 75% del salario.